Pareciera mentira, pero está allí. Nos están matando en los tribunales de Estados Unidos en base a un precedente establecido en 1983 en su Corte Suprema en un juicio por el cobro de daños por la expropiación que dictó Fidel Castro contra el First National City Bank  y donde se aplicó la tesis de la  corresponsabilidad de una empresa por actos ejecutados por el gobierno porque son Alter ego, el Otro yo, que es la misma tesis con la que nuestro Procurador General, Dr. José Ignacio Hernández, originalmente convenció a la Corte de Delaware de que los daños y perjuicios causados por actos de Hugo Chávez en nombre de la república pueden cobrársele a PDVSA y por tanto a CITGO a pesar de tener personalidades jurídicas separadas.

EL PRECEDENTE DE LA CORTE SUPREMA EE. UU.

En el año 1983 la Corte Suprema de Estados Unidos dictó sentencia en el citado caso First National City Bank-vs- Banco de Comercio Exterior de Cuba (Bancec) estableciendo que había que respetar la individualidad de las personas jurídicas, cada una con sus propios patrimonios pues están protegidas por la Ley de Inmunidades Extranjeras (FSIA). Esa protección solo cede si se demuestra la existencia de una relación Alter ego entre una persona jurídica y la que la creó, por ejemplo, el caso de PDVSA y los gobiernos de Chávez/Maduro. Esa relación se demostraría si la empresa fuese ampliamente controlada por el Estado y también si ese reconocimiento separado de Estado y empresa pueda derivar en fraude o en injusticia.

 

EL PELIGRO QUE CORRE VENEZUELA

Como hemos venido diciendo, el grave peligro económico que pesa sobre Venezuela, materializado en la lluvia de demandas y embargos nacidos de los negociados y abusos de Hugo Chávez y de Nicolás Maduro no está recibiendo la adecuada atención de la dirigencia política a la que corresponde tomar decisiones al respecto. Ahora mismo nuestra principal empresa está pendiendo de un hilo en un juicio donde hemos recibido sentencias condenatorias en primera y en segunda instancia y ahora está en la Corte Suprema de Estados Unidos por una acción del derecho norteamericano denominado Writ of Certiorari incoada por PDVSA ad hoc (Guaidó) y cuyas probabilidades de éxito son muy bajas. Crystallex dio contestación afincándose en la tesis Alter ego como la explicó José Ignacio Hernández.

 

COMO FUE EL INICIO DE ESTE PROBLEMA

Hugo Chávez había dado una concesión a la empresa minera canadiense Crystallex para explotar la mina de oro “Las Cristinas” en el estado Bolívar, y luego se la expropió. En el año 2011 la empresa demandó el pago de daños y perjuicios por ante el tribunal Internacional de Arbitraje CIADI con sede en Washington.

 

LA DEFENSA LEGAL DE VENEZUELA

La defensa de los derechos e intereses patrimoniales de la república corresponde ejercerla al Procurador (art 247 CRBV), funcionario cuyo nombramiento hace al presidente sujeto a la autorización de la AN (art 249 CRBV). La última persona que ocupó legalmente ese cargo fue Cilia Flores quien renunció cuando Maduro asumió la Presidencia. Al separarse del cargo Flores nombró encargado a Manuel Galindo quien no fue autorizado por la A.N por lo que el ejercicio del cargo de su parte fue absolutamente ilícito.

 

Al poco tiempo el ilegal procurador Galindo fue nombrado Contralor y a su vez dejó como procurador encargado a Reinaldo Muñoz quien entonces pasó a ser otro ilegal encargado del anterior ilegal encargado. Estos personajes fueron quienes llevaron la representación jurídica de Venezuela en el citado juicio. Así resulta clara la ilegitimidad de representación de la parte demandada lo cual implica que ese, y todos como ese, son procesos afectados de nulidad absoluta pues Venezuela no pudo ejercer válidamente su derecho a la defensa.

 

CONDENA CONTRA VENEZUELA

El 4 de abril de 2016 CIADI produjo sentencia o laudo arbitral ordenando a Venezuela pagar casi 1.400 millones de dólares. Este Laudo condenatorio fue presentado por Crystallex ante la Corte del Distrito de Columbia demandando su reconocimiento para luego poder ser ejecutado por tribunales de Estados Unidos. Esto en base a la Convención sobre el Reconocimiento y Ejecución de SentenciasArbitrales Extranjeras, o Convención de Nueva York la cual fue hecha ley denominada Federal ArbitrationAct (o FAA).

 

USURPADOR REINALDO MUÑOZ TAMBIEN FUE DERROTADO EN ESTE CASO

Ante la Corte de Washington D.C, la defensa de Venezuela estuvo en la persona del antes explicado encargado del encargado, el abogado Reinaldo Muñoz, quien usurpa el cargo de Procurador. El 25 de marzo de 2017 el tribunal sentenció a favor de Crystallex reconociendo la validez del Laudo CIADI y autorizando su ejecución por los tribunales norteamericanos.

 

COMO ES QUE CRYSTALLEX PUDO EMBARGAR A CITGO

—Crystallex demandó a PDVSA por ante la Corte de Distrito de Delaware por el pago de lo que a su favor sentenció el CIADI.

—La demandante Crystallex tuvo de su lado al abogado venezolano José Ignacio Hernández a quien contrató y pagó un trabajo en el que explicó detalladamente al juez que la demandada PDVSA era un instrumento del gobierno de Hugo Chávez.

—El juez aceptó esa tesis presentada por el mencionado abogado Hernández que es lo que se conoce como “Alter ego” y autorizó a Crystallex para embargar las acciones de PDVSA en CITGO

—Posteriormente el tribunal aceptó el reconocimiento del gobierno interino de Juan Guaidó y determinaron que en este caso solo se permitiría la defensa de Venezuela por parte de los abogados que éste designara y designó al mismo abogado José Ignacio Hernández con el cargo de Procurador correspondiéndole la difícil tarea de defender a la misma persona jurídica -Venezuela- contra la que antes trabajó.

 

LA DIFICIL TAREA DEL ABOGADO A QUIEN GUAIDÓ NOMBRÓ PROCURADOR

PRIMEROComienzo diciendo que José Ignacio Hernández no inventó esa tesis de Alter ego. No es su creador. Es una tesis vieja que está al alcance acudiendo a un medio tan elemental como es Wikipedia donde se explica su significado y las distintas formas como se expresa dicha figura. https://es.wikipedia.org/wiki/Levantamiento_del_velo

 

SEGUNDO.Al abogado José Ignacio Hernández lo contrató Crystallex para convencer al juez de que las personas jurídicas RBV-PDVSA-CITGO son lo mismo y que primero Chávez y después Maduro utilizaron diferentes personalidades jurídicas para burlar las obligaciones nacida de los abusos de su gobierno. Y esto es verdad. No hay una falsa construcción de los hechos ni del derecho ni en el razonamiento.

 

TERCERO.

Es posible que aquella expropiación haya estado divorciada de la legalidad y que con ello se hubieren ocasionado daños a Crystallex, pero tenemos el derecho a controvertir eso nediante un proceso justo, ante un juez imparcial, proveidos de representación jurídica legal.Y si entonces se nos condena a pagar por daños y montos debidamente comprobados, tendremos que pagarlos, pero no en esa exageración que el CIADI le acordó en un proceso delictivo donde ni siquiera tuvimos representación legal para ejercer el sagrado derecho a la defensa.

 

CUARTO: El problema para este abogado José Ignacio Hernández es que en ejercicio del cargo de  Procurador de Venezuela le toca defenderla cuando antes trabajó para que se le condenara, y su opinión jurídica desarrollada en un escrito que él mismo consignó en la Corte de Delaware el 10 de abril de 2017 fue fundamental para que se decretara la responsabilidad de PDVSA en el acto abusivo de Chávez.

 

QUINTO: La defensa que ahora está ejerciendo nuestro Procurador Hernández se basa en lo contrario de aquella tesis y eso es absurdo. Además de la responsabilidad legal que tal actuación le genera, él está conduciendo a Venezuela a un desastre. Y para agravar las cosas ante el asedio de los reclamos se ha defendido con tonterías. Primero dijo que no trabajó para Crystallex sino para los abogados de Crystallex en ese juicio, y ante lo insostenible de esa excusa dijo que ya en el cargo de Procurador se había inhibido, se había separado del caso, lo cual es absolutamente falso, allí están las actuaciones en los expedientes que evidencian lo contrario. Además, para ese supuesto negado, habría que preguntarle a quien dejó a cargo, o si es que dejó ese proceso judicial a la deriva.

 

EN DONDE ESTÁ LA FALLA

Por el camino que vamos el Procurador José Ignacio Hernández lleva equivocadamente y destinada al fracaso la estrategia de la defensa que quiéralo o no está impregnada de sospechas por estar ahora trabajando para el lado contrario al que antes trabajó.

 

La línea defensiva tomada por el procurador en este juicio consiste en el alegato de que no se debe responsabilizar a  PDVSA, ni a CITGO por las deudas  de la República. Que son personas jurídicas diferentes y cada una responde por sus propias obligaciones. Esto choca de frente con la tesis que el mismo procurador aportó en la Corte de Delaware en un escrito de 19 páginas el 4 de abril de 2017 en su desarrollo del tema del Alter ego cuando fue contratado para ello por Crystallex. En ese escrito el ahora procurador detalló pormenorizadamente los hechos y normativas legales que identifican a PDVSA-CITGO con la República, y en la página 6 concluyó diciendo textualmente “PDVSA es una herramienta del gobierno” y gracias al cual el juez Leonard Stark quedó convencido de tal identidad y decretó el embargo contra las acciones de PDVSA en CITGO.

¿Quieren ver ese escrito?

Haz clic para acceder a italaw10413_1.pdf

 

CUAL DEBE SER LA LÍNEA CORRECTA DE NUESTRA DEFENSA

La defensa de CITGO-PDVSA-RBV no está en desvirtuar el Alter ego sino  en el origen del caso ante el CIADI donde se produjo la condena. Allí está el verdadero foco del problema, en la indefensión que tuvimos en aquel proceso pues la persona que se hizo parte en nombre de la República fue un impostor sin cualidad legal para elllo, no fue designado como manda la constitución. Además que en aquel caso habría que revisar el tema de la jurisdicción que corresponde a los tribunales venezolanos según el artículo 151 constitucional lo cual impediría el reclamo ante el CIADI.

 

En el CIADI se fabricó una sentencia fraudulenta, y no solo ésta de Crystallez, también otras mas como la de ConocoPhillips donde igualmente nos condenaron a pagar mas de 8 Billones de dólares que el Procurador Hernández en vez de atacarla de inmediato con toda la fuerza legal como debe enfrentarse un fraude, lo que hizo fue pedir una ridícula rebaja de una migaja de ese monstruoso monto y con lo cual convalidó aquél crimen. La Procuraduría ha debido, y no se si a estas alturas podría hacerlo, mover cielo y tierra contra esos fraudulentos procesos ante el CIADI en vez de convalidarlos con sus tímidas actuaciones.

 

JOSÉ IGNACIO HERNÁNDEZ ES CULPABLE, PERO NO ES EL ÚNICO CULPABLE

La culpa de esta mala conducción judicial no es solo de él, es tambien de quienes tienen poder como lo tiene Guaidó y la A.N, que en vez de poner coto a tan errática conducta jurídico-procesal, no hacen nada mas que apoyarle, primero autorizándole el pago de 72 millones de dólares de intereses al Bono 2020 que antes había declarado ilegal. Luego teniendo una total pasividad ante los organismos internacionales del que depende el CIADI como es el Banco Mundial donde no se ha hecho ninguna gestión para detener el masivo crimen financiero que se nos viene ejecutando. Desde un principio ha debido cuestionarse judicialmente, diplomáticamente, mediáticamente, esas actuaciones injustas, delictivas, inmorales de los árbitros que han tramitado esos procedimientos.

 

Hay mas de esto. Seguiremos…

 




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