(Foto Referencial)
Zaida Dinorath Arias Molina
El Centro de Estudios Políticos de la Universidad Católica Andrés Bello sostiene que el nombramiento de los rectores del Consejo Nacional Electoral (CNE) realizados por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), debe quedar sin efecto.
 
Este viernes, el director del organismo de análisis político, Benigno Alarcón expresó su rechazo frente a una nueva usurpación de funciones por parte de la Sala Constitucional del TSJ, con respecto a la  designación de dos rectores principales del Poder Electoral, y sus respectivos suplentes.
 
Frente a la irregularidad, Alarcón lamentó que la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, institución que debería ser garante del fiel cumplimiento de la normativa constitucional que debe regir la vida democrática del país, se abrogue para sí, una vez más, funciones que son de la exclusiva competencia de la Asamblea NacionalDichos nombramientos deben quedar sin efecto por ser contrarios a lo establecido en el artículo 296 de Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual establece que «El Consejo Nacional Electoral estará integrado por cinco personas no vinculadas a organizaciones con fines políticos; tres de ellos o ellas serán postulados o postuladas por la sociedad civil, uno o una por las facultades de ciencias jurídicas y políticas de las universidades nacionales, y uno o una por el Poder Ciudadano».
 
Recalcó además que los o las tres integrantes postulados o postuladas por la sociedad civil tendrán seis suplentes en secuencia ordinal, y cada designado o designada por las universidades y el Poder Ciudadano tendrá dos suplentes, respectivamente.
Los o las integrantes del Consejo Nacional Electoral serán designados  por la Asamblea Nacional con el voto de las dos terceras partes de sus integrantes”.
 
El director del Centro de Estudios Políticos recordó el CEP-UCAB que la Sala Constitucional designó, de la misma forma, en diciembre de 2014, a Tibisay Lucena, Sandra Oblitas y Luis Emilio Rondón, así como a sus respectivos suplentes, como rectores postulados por la sociedad civil.
«Ahora, con esta decisión del 13 de diciembre de 2016, en la que la Sala Constitucional designa a Tania D´Amelio y Socorro Hernández, junto a sus respectivos suplentes, se incurre en una nueva usurpación de las competencias de la Asamblea Nacional, por parte del Tribunal Supremo de Justicia, que atenta contra la ya deteriorada integridad del sistema electoral venezolano».
Así mismo, lamentó que el CNE acepte esta designación y convalide actos que violen los principios más elementales de un sistema democrático, así como lo establecido por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
«Desde el Proyecto Integridad Electoral del Centro de Estudios Políticos de la Universidad Católica Andrés Bello, abogamos por la restitución de la constitucionalidad conminando a la Asamblea Nacional a que proceda al nombramiento de todos los todos los rectores del Consejo Nacional Electoral siguiendo de manera estricta los procedimientos y principios establecidos en la Constitución y la Ley Orgánica del Poder Electoral».




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