Karim Khan, fiscal de la Corte Penal Internacional. Foto Archivo

La Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI) rechazó los argumentos presentados por el gobierno de Nicolás Maduro, para negar que en Venezuela se cometieron delitos y ataques sistemáticos contra la población civil, a lo cual el fiscal Karim Khan respondió en su informe que la solicitud «Carecen de fundamento», explica en un documento  publicado el pasado 30 de marzo.

Las investigaciones presentadas por Venezuela «no reflejan suficientemente la investigación prevista por la Corte» porque, a juicio del fiscal, no se han hecho averiguaciones reales contra la presunta comisión de crímenes de lesa humanidad en el país, manifiesta Khan en el escrito.

En el informe se el fiscal expresa que las objeciones del gobierno a que se reanude la investigación por presuntos crímenes de lesa humanidad en el país no se justifican, malinterpretan varios elementos y no presentan evidencia o información concreta.

«La Fiscalía concluyó que había una base razonable para creer que, al menos desde abril de 2017 en adelante, miles de opositores percibidos o reales del gobierno venezolano fueron supuestamente perseguidos por motivos políticos, arrestados y detenidos sin base legal adecuada; cientos fueron presuntamente torturados; y más de 100 fueron presuntamente sometidos a formas de violencia sexual (incluida la violación)», señaló Khan.

La Fiscalía considera que hay una «base razonable» para pensar que en Venezuela sí hubo vulneraciones a los derechos fundamentales de los ciudadanos en el país, que deben ser investigadas a fondo y ser procesadas en caso de ser necesario.
Investigaciones a funcionarios de bajo rango

Por otra parte Khan reconoce esfuerzos del Estado para adelantar procesos legales y esclarecer los hechos, aunque advierte que han sido pocos en relación a la cantidad de denuncias y que las investigaciones solo tocaron a funcionarios de bajo rango y autores materiales, sin escalar a otras instancias responsables a nivel intelectual.

Entre los aspectos más importantes del informe del fiscal se pueden mencionar los siguientes: La CPI refuta el argumento del Estado respecto a la transitoriedad de las detenciones durante las manifestaciones, alegando que el hecho de argumentar que fue un tiempo breve el que estuvieron tras las rejas los manifestantes, «no desaplica los elementos materiales para la privación de la libertad física».

También destaca la fiscalía que para que haya una acusación de supuesta tortura, obligatoriamente la víctima tiene que estar bajo custodia o bajo control de quien ejerce la acción, por lo que la Fiscalía de la CPI señala que grupos civiles armados pueden ejercer este tipo de acciones al igual que funcionarios adscritos a cuerpos de seguridad.

En el informe se diferencia también que los delitos por tratos crueles y violación u otras formas de violencia sexual, se componen de elementos distintos y contemplan diferentes intereses y daños protegidos.

Violencia sexual y trato cruel no es lo mismo. El fiscal advirtió que los delitos de violencia sexual los investiga el gobierno de Venezuela como trato cruel, lo que es un error porque son crímenes que tienen elementos constitutivos distintos.

«Una investigación o condena por los delitos anteriores puede no abordar necesariamente todos los mismos hechos ni reflejar el daño diferenciable sufrido por una víctima del delito de violación o de otras formas de violencia sexual», dice el texto.

Debido a que en el país no hay ninguna ley que sancione o contemple la persecución como un crimen, el gobierno de Maduro asegura que se han generado dudas o «incertidumbre» a la hora de abordar el tema.

El planteamiento anterior el fiscal lo refuta señalando que pesar que las leyes nacionales no la contemplen, la definición de persecución como un crimen está claramente establecida en el Estatuto de Roma, el instrumento constitutivo de la Corte Penal Internacional adoptado en 1998 en Italia.

Agrega que la persecución es reconocida como un delito desde 1945 en los Estatutos del Tribunal Militar Internacional y del Tribunal Militar Internacional para el Lejano Oriente, que la Asamblea General de las Naciones Unidas «… consideró por unanimidad que reflejaban los principios generales del derecho internacional».

Con información de El Nacional y Efecto Cocuyo

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