Dayrí Blanco

Tres artículos de la Constitución fueron violados. Lo hizo
el Ejecutivo con la medida de expropiación y desalojo de los galpones de
Empresas Polar y otras firmas ubicados en terrenos de La Yaguara, en Caracas,
en un procedimiento apartado del marco legal venezolano, advirtió el presidente
saliente de la Cámara de Comercio de Valencia, Gustavo Sosa Izaguirre.

El derecho a la propiedad privada y la libertad de empresa,
trabajo y comercio consagrados en los artículos 115 y 112 no fueron tomados en
cuenta. Tampoco se cumplió con la sentencia firme del Tribunal Supremo de
Justicia que debe imperar en estos casos y que dicta también el 115 y reitera
el  116. El pago previo de indemnización
es otro aspecto que fue obviado.

El Ejecutivo no está facultado para expropiar. “Puede hacer
una solicitud. Pero es el poder judicial 
el que tiene la competencia 
constitucional para hacerlo.” 
Sosa Izaguirre resaltó que el modelo intervencionista y controlador del
Gobierno trae como consecuencia que mil 500 trabajadores directos de Polar y
más de cuatro mil indirectos queden en la calle.

Esta situación afecta normal funcionamiento de una empresa
que garantiza a Venezuela el 48% del suministro de los productos básicos. Más
del 50% de la producción de alimentos la tiene el Ejecutivo nacional haciendo
uso de las expropiaciones,” y hoy no garantizan abastecimiento al país porque
tampoco se consiguen en los anaqueles nada de las marcas Diana, La Lucha ni
Lácteos Los Andes”.

TSJ tomará decisión

La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de
Justicia (TSJ) decidirá si ratifica o anula el decreto sobre los terrenos
ubicados en La Yaguara, donde funcionan “importantes” depósitos de alimentos de
Empresas Polar, “pero el Gobierno proyecta construir viviendas”, según reseñó
El Nacional.




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