Quien convocada a una Asamblea Nacional Constituyente es el pueblo a través de una consulta popular, aseveró el alcalde del municipio Baruta, Gerardo Blyde, quien se apoyó en lo establecido en el artículo 347 de la Constitución.
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El abogado tomó en cuenta el marco legal para expresar que según el artículo 347 de la Carta Magna, el presidente Maduro está en capacidad de explicar la iniciativa y que todo proceso Constituyente debe ser aprobado en un referendo consultivo.
La participación sectorial, que el Gobierno quiere emplear es inconstitucional, porque destruye todo principio de universalidad y pluralidad consagrado en el voto. Blyde advirtió, mientras era entrevistado en Globovisión que la oposición no debería formar parte de esa farsa porque significaría darle suprapoderes al Ejecutivo para violar todos los derechos ciudadanos.