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La oposición que hace vida en el entorno digital en Venezuela parece tener los días contados, así como también la privacidad de las compañías y de particulares al usar las redes de interconexión de las empresas que operan en el país.

Un anteproyecto denominado “Ley Constitucional del Ciberespacio de la República Bolivariana de Venezuela”, o Ley del Ciberespacio, como es conocida, que se estima será presentado próximamente en la  ANC, plantea, en sus más de 47 artículos, la aniquilación de la privacidad digital en el país, tanto la personal como la empresarial.

El proyecto, al que tuvo acceso Noticiero Digital, en su artículo 5 convierte el uso del ciberespacio en “una actividad de interés público y estratégico para la defensa integral de la nación”, sometiendo la actividad, así como pasó con la Ley Orgánica de Telecomunicaciones cuando su actividad fue cambiada de interés general a público, a las políticas que el Estado emane en su beneficio (el sector telecom conoce de ello) y, además, le crea una serie de límites, controles, regulaciones, entre otros, que impedirán a las empresas la independencia en sus redes, así como también limitará proyectos que mejoren las conexiones o sus usos en el país.

Es decir que la información que viaja por las redes, así como la expansión, uso, hoy día no reguladas, quedarán a potestad de regulación y control del Gobierno, no sólo la infraestructura, sino también el contenido que por allí circula.

Y es que bajo la óptica de la Ley del Ciberespacio, este quedará limitado al “entorno de interacción digital conformado por elementos tangibles e intangibles que se generan durante el tiempo de interconexión e interoperabilidad de redes, sistemas, equipos y personal relacionados con los sistemas informáticos cualesquiera que sean estos y las telecomunicaciones que los vinculan”, y los contenidos y redes estarán sometido a vigilancia, son los canales de acceso, producción, transmisión y almacenaje de datos e información, así como también estará bajo esta norma la interacción a través de una red de comunicaciones por cualquier medio.

Todo ello, así como cualquier otra actividad que se realice o tenga efectos en el país estará bajo vigilancia y, por ende, bajo control del Gobierno.

El artículo 8 destaca que serán las infraestructuras tecnológicas, así como de servicios, los usuarios y los datos, además de toda la información que pase por las redes y que estén o no en el país, las que estarán sometidas a la regulación.

En el artículo 13 obliga a los ciudadanos a no repudiar a través de los mensajes que emita en el denominado ciberespacio y, además, lo hace responsable de lo que emita, así como también responsabiliza a las personas jurídicas de lo que pase por sus redes, obligándolas a la censura de contenidos.

Una Ley invasiva

El anteproyecto de Ley de Ciberespacio busca, además, convertir al Gobierno en dueño de las infraestructuras críticas, al establecer, entre otras cosas, que las empresas tendrán la obligación de abrir sus redes e infraestructuras a personal designado por el Gobierno cuando este lo considere necesario.

Además, las obliga a capacitar al personal designado por el Gobierno y permitir el acceso a sus infraestructuras cuando ellos lo decidan, quitándoles la privacidad en el manejo de sus datos, entre otros.

El artículo 18 también impone auditorías para “mitigar” las acciones que pongan en riesgo la confiabilidad de los datos y obliga a las empresas a suministrar información sobre la infraestructura que administran al ente encargado de vigilarlas.

Así, bajo el amparo de esta Ley, ninguna empresa tendrá privacidad en sus infraestructuras, datos y mucho menos opciones de otro tipo.

Pero eso no es todo. El artículo 22 deja desnuda la privacidad de los datos de los usuarios, pues permite que la autoridad competente (crearán un órgano para ello), pueda realizar cualquier operación, entre ellas la obtención de datos, así como el uso de éstos y la difusión sin el consentimiento de los afectados. Destaca que sólo lo harán cuando sea necesario, pero en la práctica, desde hace 20 años no se cumple la Ley. En el artículo 23 la norma permite que se obtenga cualquier dato personal o empresarial sin mayor objeción.

Lea el trabajo completo en www.noticierodigital.com




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