Enfermeros del estado Carabobo
Personal de enfermería. Foto cortesía: Runrunes

La Junta Directiva del Colegio de Enfermeros del estado Carabobo, denunció en un comunicado irregularidades ante los procesos de jubilación de los profesionales de la enfermería adscritos al Ministerio del Poder Popular para la Salud (MPPS).

Ante la convocatoria de más de 100 enfermeros que laboran en instituciones administradas por la Fundación Instituto Carabobeño para la Salud (INSALUD), la directiva del colegio alertó sobre el atraso de las reclasificaciones por ascensos.

Debido a que en la última década se desconoció el proceso de carrera, ascenso y concurso, una falta que atenta con lo estipulado en la constitución. En el escrito se evidenció que este hecho, se puede comprobar a través de la nómina de cargos, la cual ha sido la misma durante los últimos 10 años. 

Se indicó que otra violación a la constitución son los pagos de las prestaciones sociales, los cuales desde el 01 octubre de 2021, el gobierno venezolano no ha depositado. La LOTTT establece que estos deben ser quince días cada trimestre. “Alertamos que el Gobierno de Venezuela ha realizado la segunda reconversión monetaria en el país en tres años. El alto índice inflacionario lleva años y es cotidiano, todo retraso genera pérdida patrimonial”.

La directiva argumentó lo expuesto con el Artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV): “Todos los trabajadores y trabajadoras tienen derecho a prestaciones sociales que le recompensen la antigüedad en el servicio y los amparen en caso de cesantía. Además del Artículo 141, “todos los trabajadores y trabajadoras tienen derecho a prestaciones sociales que les recompensen la antigüedad en el servicio y los amparen en caso de cesantía” y el Artículo 142 “el pago de las prestaciones sociales se hará dentro de los cinco días siguientes de la relación laboral”.

En el texto se destacó que es un mal momento para jubilar, debido a todas las faltas, que desmejoran la vida de trabajadores pero favorecen al gobierno. El cual logra disminuir pagos y limitar ingresos por prestaciones a los jubilados: “Ante la lucha social, que está dando los trabajadores (activos y jubilados) en las calles, el Gobierno está obligado a dar respuestas cónsonas con los principios constitucionales de justicia social”.

Se mencionó como otro daño patrimonial al bono de guerra económica. Este debe ser entregado con regularidad, ya que se da con ocasión al trabajo. «Cumple con la fórmula de ser regular y permanente  tal como lo establece la LOTTT. Es decir, debe ser exigible en el pago y de incidencias a las prestaciones sociales».

Con nota de prensa




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