Violan el reglamento electoral. Súmate advirtió que el Consejo Nacional Electoral (CNE) está en la obligación de reprogramar, la capacitación de los ciudadanos que fueron seleccionados como integrantes de la Juntas Municipales y Parroquiales.

La Organización No Gubernamental (ONG) denunció luego de que en varios estados del país impidieran este lunes la incorporación de estas personas, en sus centros electorales.

Ilegalidades pretenden dejar por fuera a los testigos. La ONG detalló que los electores escogidos en el sorteo del pasado 31 de marzo de 2016 tienen para incorporarse hasta la tercera sesión de las Juntas Municipales y Parroquiales, las cuales estaban previstas para este lunes 18 y martes 19 de septiembre, respectivamente.

Súmate le recordó a los ciudadanos escogidos y afectados, estos deben exigir el respeto a sus derechos y el cumplimiento del procedimiento establecido en el Reglamento de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE).

Conozca el reglamento si es miembro de mesa

  • El CNE ejecutó la actividad de la capacitación e instalación de las Juntas Electorales Municipales y Parroquiales del lunes 11 al viernes 15 de este mes, sin antes haber notificado de manera individual y expresa a los electores escogidos para cumplir el servicio electoral obligatorio en estos organismos subalternos, en clara violación de lo dispuesto en los artículos 99 y 112 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE).

 

  • Fue el sábado 16 de septiembre cuando publicó en su portal web (www.cne.gob.ve) las listas de miembros de Juntas Regionales, Municipales y Parroquiales; lo cual significa que lo hizo un día después de haber finalizado el lapso de cinco días continuos, previsto del lunes 11 al viernes 15, para la capacitación e instalación de las Juntas Electorales Municipales y Parroquiales, según el cronograma de los comicios de gobernadores publicado el lunes 13 de este mes.

Artículo 99 de LOPRE: “El Consejo Nacional Electoral (…) notificará de manera individual y expresa a los o las integrantes de los organismos electorales subalternos que hubiesen sido seleccionados o seleccionadas.”

Artículo 112 de LOPRE: “El Consejo Nacional Electoral tomará todas las previsiones para la adecuada capacitación de los ciudadanos seleccionados y ciudadanas seleccionadas para prestar el servicio electoral obligatorio.”

Los electores seleccionados como miembros principales para las Juntas Municipales y Parroquiales pueden apelar estas decisiones arbitrarias de las ORE ante la Junta Nacional Electoral del CNE para que le restituyan su derecho a incorporarse a estos organismos subalternos y se respete el procedimiento de instalación y funcionamiento de las Juntas Municipales y Parroquiales estipulado en el Reglamento de la LOPRE.

Antes estos hechos e ilegalidades, el CNE debe reprogramar cuanto antes la capacitación de los integrantes e instalación de las Juntas Electorales Municipales y Parroquiales, para permitir que los electores seleccionados para estos organismos subalternos puedan incorporarse y cumplir con el servicio electoral.

 




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