Falso Cicpc
Foto referencial Archivo

El Ministerio Público, a través de la Fiscalía 32ª del estado Aragua, ejerció un recurso con efecto suspensivo para que se mantenga privado de libertad José Luis Méndez Montero (39), capitán de la Aviación, de quien se presume su responsabilidad en el homicidio frustrado de un hombre en Cagua, municipio Sucre de esta jurisdicción.

La institución garante de la legalidad en el país, ejerció el referido recurso, con el fin de que el investigado se mantenga privado de libertad, hasta tanto no sean remitidas las actuaciones ante la Corte de Apelaciones de Aragua.

El hecho ocurrió el pasado 2 de junio, cuando Méndez Montero circulaba por la calle Bolívar de Cagua, a bordo de un vehículo marca Fiat y fue colisionado por la víctima, quien conducía un vehículo marca Chevrolet.

Seguidamente el militar, portando en la mano una pistola 9 milímetros, detuvo el carro y se dirigió hasta donde se encontraba el otro conductor. La víctima, quien se encontraba junto a otras cinco personas, se asustó e intentó huir del sitio. En ese momento, el victimario disparó tres veces contra el automóvil del afectado y lo hirió en la espalda.

Los acompañantes del joven se dirigieron hasta un punto de control de la Policía Municipal de Cagua y efectuaron la denuncia, por lo cual, tras pesquisas efectuadas por sus funcionarios, dieron con el paradero del capitán de la Aviación.

En la audiencia de presentación, la Fiscalía 32ª de Aragua imputó a Méndez Montero por la presunta comisión de los delitos de homicidio intencional calificado con alevosía, en grado de frustración; uso indebido de arma orgánica y descarga de municiones en lugares prohibidos.

Tales tipos penales están previstos en el artículo 406, ordinal 1° del Código Penal, así como los artículos 113 y 115 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones.

Sin embargo, el Tribunal 4° de Control de la entidad federal se apartó de la calificación fiscal y la cambió a homicidio preterintencional en grado de frustración, acogiendo solo los otros dos tipos penales. En consecuencia, ordenó la detención domiciliaria del militar, lo que obligó al Ministerio Público a solicitar el referido recurso con efecto suspensivo.

Cabe resaltar que el homicidio preterintencional, establecido en el artículo 410 del Código Penal, estipula que el victimario no tenía la intención de causar la muerte de la víctima y por tanto, la pena es menor a 12 años.

 

Con nota de prensa del Ministerio Público.




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