Este 31 de diciembre los policías metropolitanos, injustamente condenados por los sucesos del 11 de abril en Puente Llaguno, lo recibirán también en prisión. Son 17 navidades alejados de sus seres queridos por obra de un gobierno inmisericorde e ilegal que utilizó todo tipo de artimañas legales para condenar a 9 inocentes, cinco de ellos aún presos en la cárcel de Ramo Verde.

Erasmo Bolívar, Héctor Rovaín, Marco Hurtado, Arube Pérez y Luis Molina son los cinco PM que aún ven cerrarse tras de si las rejas de una prisión cada 24 y 31 de diciembre. Ellos fueron condenados por delitos comunes. Homicidio calificado en grado de frustración en perjuicio de Ruby Alfonso Urbano Duque y Erasmo Enrique Sánchez fue uno de los delitos por los cuales los condenó la jueza Maryorie Calderón, hoy recompensada con la jefatura de la Sala Social del TSJ. También los acusaron por supuestamente ser cómplices necesarios en el delito de lesiones personales graves en complicidad correspectiva y cómplices necesarios en el delito de lesiones personales leves.

El calvario de estos funcionarios comenzó el 3 de abril de 2003, cuando voluntariamente atendieron la citación por averiguaciones, que derivó en el juicio penal más largo de la historia de Venezuela.  Desde ese momento quedaron detenidos, solo pisaron la calle para acudir al tribunal en Maracay durante más de tres extenuantes años. Al final, fueron sentenciados a penas de prisión exageradas por 2 de las 19 muertes ocurridas en Puente Llaguno ese aciago 11 de abril. Los dos fallecidos eran seguidores del chavismo.

Las condenas

El comisario Marco Hurtado fue condenado a 16 años y 8 meses de prisión por el delito de homicidio en grado de complicidad, pese a que no se encontraba en el sitio.

El calibre de las balas del arma de reglamento del cabo primero Arube Pérez no coincidió con ninguna de las halladas en los cadáveres. Inexplicablemente purga una condena de 17 años y 10 meses.

El agente Erasmo Bolívar nunca disparó su arma. Una foto lo condenó, pudo más que la criminalística del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, que lo exoneró de responsabilidades. Hoy enfrenta una condena de 30 años de prisión.

También a 30 años de prisión fue condenado el inspector Héctor Rovaín. Pero las balas de su arma de reglamento no coincidían con las encontradas en los cuerpos. El Cicpc lo exoneró, la jueza lo mandó a la cárcel.

El cabo primero Luis Enrique Molina no disparó. Hoy también enfrenta una pena de 30 años de prisión.

Todas las armas pertenecientes al parque general de la PM sometidas a experticias y los funcionarios que actuaron el 11 de abril no guardan relación con ninguna de las muertes ocurridas el 11 de abril, atestiguó en el juicio el comisario jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas,  Marcos Chávez, quien fue designado por el Ministerio Público como jefe de la comisión multidisciplinaria que investigó esos sucesos.

Desde el año 2007 los funcionarios son beneficiarios de los derechos procesales contenidos en el Código Orgánico Procesal Penal. El destacamento de trabajo permite al recluso salir a trabajar y regresar al centro de reclusión cada noche. Puede recibir este beneficio cuando tenga la mitad de la pena cumplida.

En el régimen abierto se envía al recluso a un centro de tratamiento comunitario, donde trabaja y pernocta de lunes a jueves. Viernes, sábado y domingo duerme en su casa. Se otorga a partir de los dos tercios de la pena impuesta.

La libertad condicional establece medidas de presentación periódicas ante el tribunal y de ella se goza a partir de las tres cuartas partes de la pena. El confinamiento permite al recluso vivir a 120 kilómetros del lugar donde ocurrieron los hechos. En la última reforma del COPP se eliminó el confinamiento, pero los PM fueron juzgados con el código anterior, por lo tanto preservan sus derechos.

Todos los funcionarios de la PM aún presos en Ramo Verde tienen derecho a destacamentos de trabajo. En el caso de Arube Pérez y Marco Hurtado, ya tienen todas las medidas alternativas al cumplimiento de la pena vencidas.

Los policías metropolitanos están amparados por la Ley de Redención Judicial de la pena que conmuta un día en prisión por cada dos días estudiados o trabajados. El tiempo así redimido se les contará también para la suspensión condicional de la pena y para las fórmulas de cumplimiento de ésta.

Denegación de justicia

Los policías metropolitanos son la prueba viviente de la denegación de justicia que impera en el país. No solo les niegan los derechos procesales, también la libertad.

El comisario Marco Hurtado cumplió su condena íntegra el 15 de diciembre de 2019. Este 31 de diciembre sigue en prisión. La boleta de excarcelación que la jueza Ada Marina Armas aún no ha llegado a la cárcel de Ramo Verde. Por eso este año nuevo lo recibirá en prisión. Ya no se trata de injusticia, sino de ilegalidad.

Aunque el ex juez Eladio Aponte Aponte reconoció que las condenas de los funcionarios fueron fabricadas por el poder judicial para complacer a Hugo Chávez, ellos siguen presos, lejos de sus familias que los esperan ansiosamente desde hace casi 17 años.

 




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