Basyl Macías

Como inconstitucional califica Pedro Alfonso, el nuevo decreto de Estado de Excepción y Emergencia Económica, anunciado por el presidente Nicolás Maduro, el viernes 13 de mayo, y publicado en Gaceta Oficial N° 6227. Este será aplicado bajo el argumento de las “circunstancias de orden social, económico, político, natural y ecológicas que afectan gravemente la economía venezolana”, según decreto N° 2323.

El constitucionalista asegura que este precepto es ilegal, en virtud de que este decreto de emergencia no puede prorrogarse una vez más, porque la Constitución lo prohíbe, y es además inconstitucional,  porque no contó con la aprobación de la Asamblea Nacional.

Según indicó el propio mandatario, es una renovación de la resolución dictada en enero de este año y prorrogada en marzo, a pesar de la negativa de la Asamblea Nacional (AN), pero incluyendo acciones en defensa de la soberanía.  

Este estado de excepción que acaba de decretar Nicolás Maduro es por 60 días y que menciona que puede extender 60 más, relaciona los dos ámbitos.

La Carta Magna es muy taxativa al decir que solo se puede prorrogar una sola vez. Y por una razón muy sencilla, porque los estados de excepción, como su nombre lo indica son excepcionales, y una de sus características es la temporalidad, ya que una cosa que se extiende indefinidamente en el tiempo deja de ser excepción. «Y un país no se puede gobernar a punta de decretos de estados de excepción».

Sobre el punto de la Conmoción Interna, el doctor Alfonso dijo que se trata de un punto muy delicado, ya que no se sabe hasta qué punto el presidente va a usar este argumento, por ejemplo, para ejercer control sobre manifestaciones públicas, a sabiendas de que actualmente hay una fuerte presión social por el tema del Consejo Nacional Electoral y demás temas económicos y sociales, lo que hace que a diario en todo el país hayan protestas.

Otro punto que hay que meterle la lupa es, a lo dicho por el presidente, de que si un país que no está equilibrado no puede ir a elecciones.

El experto en leyes recalcó que un estado de excepción es para reforzar la Constitución, y no para proteger al gobierno, como lo están haciendo. Un estado de excepción no puede violar los derechos, garantías constitucionales y no pueden suspender elecciones.

El abogado constitucionalista lamenta que estemos ante un gobierno que no respeta el estado de derecho y viola hasta sus propias leyes. Pero esto lo que puede es ir sumando al expediente que está motivando a la activación de la Carta Democrática Interamericana. “Y es un acompañante fundamental, desde el punto de vista internacional, para acelerar el proceso del referendo revocatorio”, apuntó.

Cecilia Sosa, expresidenta de la extinta Corte Suprema de Justicia opinó, en cuanto a esta resolución, que si bien se podrían esperar nuevas medidas en el área económica, el hecho de que Maduro haya anunciado que se trata de un marco ampliado, hace prever que el Ejecutivo está por anunciar otras en las áreas política y social.  





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