Conatel

Las actuaciones de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, que constituyen una censura previa que contraría el ejercicio de los derechos humanos y está prohibida en el marco legal vigente, condenó enérgicamente en un comunicado la directiva del Colegio Nacional de Periodistas, seccional Distrito Capital

Tras conocerse la prohibiciones que la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) impuso a estaciones de radio y TV, para la consulta popular del próximo 16 de julio, cuando se preguntará a los venezolanos si están de acuerdo con la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente hecha por Nicolás Maduro, el CNP Caracas emitió un comunicado.

Lisbeth de Cambra, secretaria general del CNP Caracas, alertó al gremio periodístico y a la sociedad civil sobre las últimas acciones que ejerce el gobierno contra el derecho a la libertad de expresión en Venezuela. «Es ya conocida la actuación de Conatel, quien giró instrucciones a las diversas estaciones de radio y televisión venezolanas, comunicándoles algunas prohibiciones relacionadas con la consulta popular convocada por distintos factores sociales y políticos para este domingo 16 de julio.

No utilizar el término consulta popular para la actividad del 16 de julio, prohibir  a los periodistas fomentar la participación en el evento señalado y que los medios no publiquen las piezas propagandísticas previstas por la Mesa de la Unidad Democrática, fueron parte de las órdenes impartidas a los medios por Conatel, según el comunicado del organismo gremial.

En conversación con El Carabobeño, De Cambra señaló que esta tarde se comunicó con el director de Conatel, Enrique Quintana. «Su respuesta fue: La intención no es censurar, sino buscar una cobertura equilibrada de dos eventos que se realizarán el domingo: La consulta de la oposición, que es ilegal; y el simulacro del gobierno sobre la Constituyente». Según Quintana, su temor era que no se le diera la misma importancia a la actividad del Gobierno.

La secretaria del CNP Caracas recriminó a Quintana su intención de censurar un evento importante, como la consulta popular del 16 de julio, dada la cantidad de personas que lo respalda, y enfatizó en el hecho de que no se puede exigir a los periodistas y a los medios de comunicación que no informen. «Solicité una reunión, que me fue concedida para este viernes a las 3 de la tarde, cuando consignaré el documento del CNP Caracas que rechaza estas actuaciones».

En el comunicado, la directiva del CNP cuestiona la actuación del organismo rector de las comunicaciones, pues representa un nuevo atentado contra las libertades democráticas previstas en el ordenamiento jurídico venezolano y en la normativa internacional en materia de derecho a la libertad de expresión:

Nuestra carta magna expresa en el artículo 57 que:  “Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones de viva voz, por escrito o mediante cualquier otra forma de expresión, y de hacer uso para ello de cualquier medio de comunicación y difusión, sin que pueda establecerse censura”.

El artículo 19 establece que “El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público, de conformidad con esta Constitución, con los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y con las leyes que los desarrollen”. Queda clara la obligación del estado de garantizar a todo ciudadano el ejercicio de los derechos humanos, por ello de forma alguna puede violentarlos.

La normativa internacional en materia de libertad de expresión, detalla el escrito, excluye totalmente la censura previa como posible restricción de los gobiernos. La convención Americana sobre Derechos Humanos señala en su artículo 13 inciso 2, que el ejercicio de la libertad de expresión “No puede estar sujeto a previa censura sino a responsabilidades ulteriores”.    Es decir, no  puede el gobierno pretender una prohibición absoluta de una información u opinión antes de ser difundida.

La libertad de expresión e información es un derecho fundamental consagrado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos cuyo artículo 19 establece: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirla, sin limitación de fronteras por cualquier medio de expresión”

La ley de Ejercicio del Periodista en su artículo 5, inciso 5  señala como uno de sus fines “Salvaguardar la libertad de expresión y el derecho a la información”; razón por la cual el gremio periodístico ejecutará todas las acciones necesarias para defender estos derechos.

 

 

 

 

 

 

 

 

 




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