Medios del país han manifestado la urgencia de recibir las divisas para el papel. (Foto Archivo/El Carabobeño)

Alfredo Fermín || afermin@el-carabobeno.com

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia de la magistrada Gladys Gutiérrez de Alvarado, declaró inadmisible la acción de amparo, interpuesta por el partido Copei, contra funcionarios del Gobierno nacional por la presunta negativa a entregar divisas para la adquisición de papel, para los medios independientes del país.

La acción de amparo fue presentada por Roberto Enríquez, presidente de Copei, y otros dirigentes socialcristianos, considerando que el papel periódico se está acabando en el país, lo cual impide salir a la prensa con su impresión de ejemplares acostumbrado, restringiendo las noticias que pueden publicar y consecuentemente las noticias que el público puede conocer.

El recurso judicial fue solicitado contra el vicepresidente para el Área Económica, Rafael Ramírez, y los ministros Jorge Giordani, Rodolfo Marco Torres, Dante Rivas, y los presidentes del Banco Central de Venezuela, Nelson Merentes, y del Centro Nacional de Comercio Exterior, Alejandro Fleming.

En su escrito, la dirigencia copeyana considera que estos funcionarios son responsables de la violación de los derechos constitucionales a la libertad de expresión, información, y a la libertad de prensa por abusivos controles impuestos por el Poder Ejecutivo.

Además por el incumplimiento de los compromisos de pago -ya que una vez que se obtiene el cierre de la importación, el Banco Central de Venezuela no liquida las divisas en moneda extranjera, provocando que la situación de las empresas editoras de periódicos, en Venezuela, sea precaria y estén en riesgo de cierre.

En su ponencia, Gladys Gutiérrez de Alvarado no observa la supuesta vulneración constitucional del derecho a la libertad de expresión, ni al derecho de prensa denunciados. Piensa que constituye un hecho público y notorio que los organismos, con competencia en materia económica y financiera del Estado, en el ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, han llevado a cabo diversas subastas públicas que responden a las necesidades reales y efectivas del país para lograr la estabilidad económica y el bienestar del pueblo venezolano, con prevalencia en aquellos sectores indefectiblemente asociados al cumplimiento de los objetivos y fines del Estado.

Según la magistrada, para el Tribunal Supremo de Justicia la acción de amparo no tiene como propósito prevenir situaciones hipotéticas que posiblemente puedan generarse a consecuencia de actuaciones u omisiones atribuidas a órganos del Poder Público, (lo cual no se verifica en el presente caso), pues su carácter específico solo opera en los casos en que se materialice una violación expresa o una amenaza de lesión, directa e inmediata de algún derecho o garantía constitucional.

La acción de amparo interpuesta y la supuesta lesión o amenaza de lesión denunciada, es inadmisible, en aplicación del artículo 6, numerales 1 y 2 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, concluye la ponencia de la magistrada Gladys Gutiérrez de Alvarado.

Copei Responde

El presidente del partido Copei, Roberto Enríquez, rechazó la decisión del Tribunal Supremo de Justicia y la calificó de “equivocada”. Considera que convalida la política de censura en el país como política de Estado.

En declaraciones al diario El Universal, el dirigente socialcristiano argumentó que cuando el TSJ dice que la acción de amparo no tiene como propósito prevenir situaciones hipotéticas, que posiblemente puedan generar consecuencia de actuaciones u omisiones, atribuidos a órganos del poder público desconoce que por la negación de las divisas han cerrado cinco medios y los que quedan han reducido su volumen a uno y dos cuerpos.

Enríquez considera falso que los medios independientes participen en las subastas de divisas, pues ni siquiera les han liquidado los dólares anteriormente aprobados. “Es una violación a la libertad de expresión y al derecho a la información, si se le otorga dólares a unos medios y a otros no como aplicación de mecanismos coercitivos por parte del Estado. Esto indica que el Gobierno utiliza el control de cambio como política represiva y de censura a la libertad de expresión”.




Estimado lector: El Diario El Carabobeño es defensor de los valores democráticos y de la comunicación libre y plural, por lo que los invitamos a emitir sus comentarios con respeto. No está permitida la publicación de mensajes violentos, ofensivos, difamatorios o que infrinjan lo estipulado en el artículo 27 de la Ley de Responsabilidad en Radio, TV y Medios Electrónicos. Nos reservamos el derecho a eliminar los mensajes que incumplan esta normativa y serán suprimidos del portal los contenidos que violen la Constitución y las leyes.