La medida, excluye a quienes ejercen cargos de dirección y quienes laboran por temporadas. (Foto Archivo)

A través de la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 6.167 del 1 de diciembre de 2014, que circula este viernes, se oficializó el decreto de inamovilidad laboral anunciado por el presidente Nicolás Maduro para el año 2015.

Mediante el decreto se prohíbe el despido de los trabajadores sin el consentimiento de la Inspectoría del Trabajo, reseñó el portal web de El Universal. «En el caso de que un trabajador sea despedido, trasladado y desmejorado, sin justa causa o sin su consentimiento, podrá denunciar el hecho ante el Inspector del Trabajo dentro de los 30 días continuos siguientes, además de solicitar el reenganche y el pago de salarios caídos, así como los demás benéficos que haya dejado de percibir”, señala el decreto presidencial 1.583.

La medida busca garantizar la estabilidad laboral para todos los trabajadores, sin distinción del salario que perciban. Solo se excluyen quienes ejercen cargos de dirección y quienes laboran por temporadas.

La medida, «no excluye la posibilidad de convenios o acuerdos o convenios entre patronos, por una parte, y los trabajadores por la otra, para lograr la reducción del personal o modificación de las condiciones de trabajo mediante el procedimiento de negociación colectiva voluntaria, establecida en el ordenamiento jurídico vigente», agrega el texto. (NBM)




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