El abogado Alberto Arteaga. (Foto Archivo)

Alberto Arteaga Sánchez, considera que el pueblo debe reaccionar ante la última decisión anunciada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, la cual ordena a Maduro actuar para evitar conmoción en el país, y lo conminó a ejercer acciones ante el desacato de la Asamblea Nacional por pedir intervención de la Organización de Estados Americanos (OEA).

“Yo creo que es el país el que debe reaccionar ante la conmoción de este tipo de decisión que pone de manifestó la actuación de una sala destinada a preservar o resguardar la Constitución vigente, y a interpretarla y aplicarla adecuadamente, y es lamentable que esa sala se pone precisamente en contra de la Carta Magna”.

El jurista afirma que no es la AN con sus diputados la que ha faltado, al llevar a cabo un acto propio de sus funciones; quienes han incurrido en falta es la propia Sala Constitucional del TSJ, ante lo que considero un hecho grave, al “ordenar al Presidente ejercer las acciones que estime pertinentes, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y para garantizar la gobernabilidad del país, tome las medidas civiles, económicas, militares, penales, administrativas, políticas, jurídicas y sociales que estime pertinentes y necesarias».

Y el TSJ también ordena que «en el marco del Estado de Excepción y ante el desacato y omisión legislativa continuada por parte de la Asamblea Nacional, revisar excepcionalmente la legislación sustantiva y adjetiva (incluyendo la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, la Ley Contra la Corrupción, el Código Penal, el Código Orgánico Procesal Penal y el Código de Justicia Militar –pues pudieran estar cometiéndose delitos de naturaleza militar-), que permita conjurar los graves riesgos que amenazan la estabilidad democrática, la convivencia pacífica y los derechos de las venezolanas y los venezolanos; todo ello de conformidad con la letra y el espíritu de los artículos 15, 18 y 21 de la Ley Orgánica Sobre Estados de Excepción vigente».

la Sala Constitucional del TSJ está actuando como tribunal Penal

Otra incorrección que observa Arteaga Sánchez, es que esta Sala Constitucional del TSJ está actuando como tribunal Penal, calificando la actuación de los diputados de delitos graves como de traición a la patria, en contra de civiles que como el profesor Santiago Guevara sean sometidos a la justicia militar, violando así la doctrina, lo que establece la propia Constitución que limita la competencia de los tribunales militares ante delitos que solo pudieran cometer militares.

Y como si fuera poco, a esta sala del TSJ declarar la nulidad por inconstitucionalidad del acto aprobado por la Asamblea Nacional en fecha 21 de marzo de 2017, en el cual se acuerda la reactivación del proceso de aplicación de la Carta Interamericana de la OEA, solo debo aclarar que, la nulidad no es un privilegio personal de un diputado, sino una prerrogativa que tiene el pueblo, que le otorga a los parlamentarios en defensa de la representación popular, para que puedan ejercer con absoluta libertad y que de forma alguna puedan ser coartado en el ejercicio de sus funciones, sentenció quien ocupa el Sillón número 7 de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales y ejerce funciones como abogado penalista del país.

La entrevista completa escúchela a través de nuestro portal web de E Carabobeño Radio, en el programa Primera Voz con Dhameliz Díaz.




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