En un auto la jueza instructora del caso concluye que no existe «indicio alguno» que pueda acreditar que Shakira «de manera consciente y voluntaria» omitiera información y documentación con «trascendencia tributaria» en sus declaraciones del Impuesto de la Renta (IRPF) y Patrimonio en 2018 al asesor fiscal encargado de sus autoliquidaciones.
Tal y como recoge el auto: «Al no mediar acusación ni por el Ministerio Fiscal ni por la Abogacía del Estado ni la Letrada de la Generalitat de Catalunya, solo cabe dictar auto de sobreseimiento y el archivo de las presentes actuaciones».
Sin indicios
También se recoge en la resolución que: «así las cosas, en el presente caso, no existe indicio alguno que pueda acreditar que Shakira Isabel M. R. de manera consciente y voluntaria hubiera omitido información y documentación con trascendencia tributaria a los efectos de las declaraciones de IRPF e IP ejercicio 2018 al asesor fiscal encargado de la confección de las declaraciones-autoliquidaciones de estos impuestos que se presentaron ante la Agencia Tributaria».
La Fiscalía y las acusaciones particulares ejercidas por la Agencia Tributaria español y por el Gobierno regional de Cataluña anunciaron ayer miércoles que apoyaban la petición de la defensa de que se archivara la causa, con lo que el juzgado no tenía otra opción que cerrar el caso.
La cantante colombiana aceptó el pasado mes de noviembre el pago de una multa de 7,8 millones de euros, tras un pacto con la Fiscalía y la Agencia Tributaria que le evitó el ingreso en prisión, en la primera causa que le abrió la justicia por defraudar 14,5 millones de euros entre los años 2012 y 2014.
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