Ante todo, reconozcamos los Tipo de Declaratoria otorgado, según la publicación en la
Gaceta Oficial. Ilustremos: Bien de Interés Cultural (B.I.C), Monumento Histórico
Nacional (M.H.N), Sitio de Patrimonio Histórico (S.P.H) y Patrimonio Histórico Nacional
(P.H.N) entre otras declaratorias.

Según la Providencia Administrativa N° 025/13, mediante la cual se declara formalmente constituido el RPC-Venezuela como sistema único y centralizado de registro de todos los bienes patrimoniales de Venezuela e instrumento del Registro del Patrimonio Cultural Venezolano, publicada en la Gaceta Oficial N° 40.230 del 16 de agosto de 2013, El Patrimonio Inmueble son todos los bienes construidos que ilustran el desarrollo de la sociedad venezolana y son testimonios de nuestras culturas; es decir, las edificaciones tanto creaciones monumentales como construcciones modestas o los conjuntos de edificaciones insertos en las ciudades, pueblos y comunidades o que están dispersos en el territorio nacional, que son representativos de las etapas más significativas de nuestra historia.

Es así como, Los Monumentos Conmemorativos son Construcciones arquitectónicas
o artísticas realizadas para rendir homenaje a la memoria histórica de un hecho o
personas, tales como: arcos del triunfo y monumentos civiles o religiosos que por su
tamaño y características no pueden clasificar como patrimonio mueble aunque tengan
obras escultóricas en su composición. Los Sitios Históricos se trata de los lugares
donde sucedieron importantes acontecimientos de la historia local, regional o nacional
que tienen algún tipo de monumento, construcción o que han sido intervenidos
posteriormente. Incluye sitios de batalla. Espacio Público Patrimonial son
Construcciones al aire libre y paisajes intervenidos o creados, de uso colectivo que
promueven la socialización en las ciudades y constituyen obras significativas desde
el punto de vista urbano. Veamos:

En el estado Carabobo, se tienen 30 elementos, ubicados en los municipios:
Bejuma: La Rueda de los Indios o Geoglifo Rueda del Indio, B.I.C. Ext. N° 5.299, del
29/01/1999. Guacara: El Complejo Arqueológico «Piedra Pintada» B.I.C. Ext. N° 5.299,
del 29/01/1999. Libertador: El Campo y El Monumento de Carabobo M.H.N. 26.593 el
03/07/1961 y El Campo de Carabobo S.P.H. N° 33.958 del 04/05/1988. El Plan de
Ordenamiento y Reglamento de Uso del Sitio Patrimonio Histórico Campo de Carabobo
N° 37.732 del 15/07/2003. Los Guayos: La Iglesia San Antonio de Padua M.H.N. N°
26.320 del 02/08/1960, y Los Montículos Indígenas (bajo la Ley de Protección y
Conservación de Antigüedades y Obras Artísticas de la Nación) N° 27.608 del
02/12/1964; La Abadía Benedictina B.I.C 36.762, del 11/08/1999. Montalbán: Los
Estanques para el procesamiento de Añil P.H.N. N° 32.392 del 13/01/1982. Puerto
Cabello: La Casa Colonial del Siglo XVIII (Casa Herrera) M.H.N. N° 26.917 del
06/08/1962, La Casa de la Antigua Compañía Guipuzcoana M.H.N. N° 31.326 del
11/07/1978, El Castillo San Felipe (Libertador) M.H.N. N° 27.876 del 29/10/1965, El
Fortín Solano M.H.N. N° 27.876 del 29/10/1965, La Iglesia de Nuestra Señora del
Rosario M.H.N. 26.320 del 02/08/1960, La Iglesia del Santo Cristo M.H.N. N° 26.320

del 02/08/1960, El Teatro Municipal M.H.N. N° 32.244 del 08/06/1981, La Zona de Valor
Histórico de Puerto Cabello M.H.N. N° 31.209 del 04/04/1977.
En Valencia: El Antiguo Convento de San Buenaventura (Facultad de Derecho U.C)
M.H.N. N° 26.320 del 02/08/1960, El Antiguo Hospital de Caridad (Casa la Estrella)
M.H.N. N° 31.930 del 25/02/1980, La Basílica Catedral de Nuestra Señora del Socorro
M.H.N. N° 26.320 del 02/08/1960, La Casa de los Celis M.H.N. 26.274, del 02/12/1964,
La Casa del Dr. Miguel Peña M.H.N. N° 27.608 del 02/12/1964, La Casa Hernández de
Monagas M.H.N. N° 28.704 del 16/08/68, La Casa Museo del General José Antonio
Páez. M.H.N. N° 27.608 del 02/12/1964, La Iglesia de Nuestra Señora de Begoña
M.H.N. N° 26.320 del 02/08/1960, La Iglesia de San Diego Alcalá M.H.N. 26.320 del
02/08/1960, La Iglesia de San Francisco M.H.N. 26.320 del 02/08/1960, La Quinta La
Isabela (Palacio de los Iturriza) M.H.N. 32.165 del 09/02/1981, El Teatro Municipal
M.H.N. N° 27.608 del 02/12/1964. Diego Ibarra: Punta Palmita Sitio Arqueológico
M.H.N. N° 35.441 del 15/04/94. ¡Preservemos y Salvaguardemos Los Bienes Culturales
Declarados Monumento Histórico Nacional y Espacio Público Patrimonial!




Estimado lector: El Diario El Carabobeño es defensor de los valores democráticos y de la comunicación libre y plural, por lo que los invitamos a emitir sus comentarios con respeto. No está permitida la publicación de mensajes violentos, ofensivos, difamatorios o que infrinjan lo estipulado en el artículo 27 de la Ley de Responsabilidad en Radio, TV y Medios Electrónicos. Nos reservamos el derecho a eliminar los mensajes que incumplan esta normativa y serán suprimidos del portal los contenidos que violen la Constitución y las leyes.